- Certificados de notas originales emitidos por la Universidad de origen.
- Fotocopia legalizada del programa analítico de cada asignatura a convalidar.
- Fotocopia de la Resolución Ministerial que autoriza la carrera de origen, cuando provenga de universidades privadas nacionales.
- Los certificados de notas y programas analíticos de asignaturas aprobadas por estudiantes provenientes de Universidades del exterior, deberán estar legalizados por la autoridad educativa competente del país de origen, el Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen, el Consulado de Bolivia en el país de origen y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia.
- Los estudiantes de traspaso, provenientes de Universidades del exterior, donde el idioma oficial no sea el castellano, presentarán los documentos con traducción oficial al castellano.